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Establecen nueva resolución legal en Cuba contra la “divulgación de noticias falsas” y el “ciberterrorismo”

El Gobierno cubano publicó este martes la Resolución 105 “Modelo de Actuación Nacional para la respuesta a incidentes de Ciberseguridad”, la cual tipifica como delitos “la divulgación de noticias falsas”, el “ciberterrorismo” y otras figuras que hasta ahora no tenían respaldo legal en la Isla, como “los daños éticos y sociales o los incidentes de agresión”.

Según un reporte de Cubanet, de acuerdo con la nueva normal legal, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba de este 17 de agosto, entre los daños éticos se incluye “la divulgación de noticias falsas” y de “mensajes ofensivos”, así como la “difamación con impacto en el prestigio del país” ya sea en redes sociales u otros medios.

El director de Ciberseguridad del Ministerio de las Comunicaciones (MINCOM), Pablo Domínguez Vázquez, declaró al medio oficial Cubadebate que esta categoría incluye la difusión de “contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del Estado”, los que inciten “a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público, los mensajes que hagan “apología a la violencia”, así como los que “afecten la intimidad y dignidad de las personas”.

La nueva norma legal reconoce al “ciberterrorismo” como aquellas acciones mediante el uso de las TIC cuya finalidad sea “subvertir el orden constitucional, o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones políticas y de masas, las estructuras económicas y sociales del Estado, u obligar a los poderes públicos a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”.

También incurrirán en el supuesto delito de “ciberterrorismo” aquellos que alteren “gravemente la paz pública”, desestabilicen “gravemente el funcionamiento de una organización internacional” o provoquen “un estado de terror en la población o en una parte de ella”.

Domínguez Vázquez precisó que, aunque el régimen cubano no cuenta con contrato de servicios con las plataformas de redes sociales por causa del embargo, sí registrará y notificará como violaciones los actos descritos previamente.

“Cuando se logran identificar esas personas [que contravienen la Resolución 105 del MINCOM] y están en el país sí se imponen contravenciones. Con esta nueva norma, el estado cubano tiene registro de todos estos incidentes”, agregó.

“El país contará con una norma jurídica donde se asocian incidentes de ciberseguridad y tipificaciones que superan los límites de lo tecnológico”, también indicó el director de Ciberseguridad del MINCOM.

Tanto el Decreto-Ley No 35 “De las Telecomunicaciones, las Tecnologías de la Información y la Comunicación y del Uso del Espectro Radioeléctrico” como la Resolución 105 recuerdan que el Estado cubano es titular de los servicios públicos de telecomunicaciones y tiene la facultad de regular, ordenar, controlar y fiscalizar los diferentes servicios y redes de telecomunicaciones/TIC.

Ambas normas aparecen poco más de un mes después de las históricas protestas registradas el 11 de julio en la Isla, que fueron difundidas al mundo a través de las redes sociales. También, suceden a la aprobación de una enmienda del Senado de Estados Unidos para proveer internet al pueblo cubano.

El 11J y los días siguientes, el régimen de la Isla también interrumpió los servicios de internet presuntamente para evitar que continuara la inédita ola de manifestaciones. Tras los hechos, arrestó a cientos de personas que se mantienen acusadas de haber instigado a las protestas.

El Decreto-Ley No 35 y la Resolución 105 del MINCOM se unen ahora al Decreto-Ley 370 “Sobre la informatización de la sociedad en Cuba”, conocido popularmente como “ley azote”.



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